Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan
Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo y sus Dependencias, los Ayuntamientos y la Administración Pública Municipal, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información.